domingo, noviembre 20, 2005

IxC Se opone a la desaparición del banco de sangre de Cuenca.


COMUNICADO DE PRENSA DE INDEPENDIENTES POR CUENCA. 16 DE NOVIEMBRE DE 2005:IxC Se opone a la desaparición del banco de sangre de Cuenca.

Según las previsiones del Decreto 18_2005 de 15 de febrero a partir de ahora desaparecen los bancos de sangre de Cuenca y Guadalajara en beneficio de los de Albacete, Toledo y Ciudad Real. Cuenca en concreto dependerá de Albacete.

Como todo en esta región, la organización de los bancos de sangre refleja la eterna división en esta Comunidad entre provincias de primera y provincias de segunda.

Todos los servicios de referencia regional estarán en Toledo, Albacete y Ciudad Real. Este no iba a ser una excepción. Menos el de Cuenca, todos los hospitales de la región tienen importantes proyectos de inversión en obra y equipamiento

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En Independientes por Cuenca vamos a impugnar el mencionado Decreto y vamos a exigir que se nos muestren los estudios técnicos que aconsejan esta concentración de los bancos de sangre. No nos creemos que los intereses de Cuenca, sería la primera vez, son adecuadamente respetados por los que deciden en Toledo o Albacete.

Vamos a exigir que se garantice el suministro de sangre en el hospital “Virgen de la Luz” que cada día mas es un hospital comarcal.

Si nos atenemos a la definición que el Decreto hace de los centros regionales de transfusión en los artículos 3 y 8 de, no hay razón alguna para que Cuenca carezca de este servicio.

El artículo 1 del Decreto establece como objeto de la red de Hemodonación, Hemoterapia y Hemovigilancia atender de forma eficiente las necesidades de sangre y hemoderivados.

Privar a Cuenca de Centro de transfusión es un paso atrás en el cumplimiento de ese objetivo y en la organización eficiente de esa red.

La disposición transitoria del Decreto establece que el Área de Salud de Cuenca pasa a depender del hospital de Albacete. Como su nombre indica, esta decisión es transitoria y entendemos en Independientes que se debe corregir cuando, según las previsiones del apartado 3.b del artículo 5, se decida la designación definitiva y el ámbito de los centros regionales de transfusión de Castilla-La Mancha.



Independientes por Cuenca
OBSERVATORIO SANIDAD

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