jueves, febrero 16, 2006

LA CULTURA.EL IDIOMA. 2 ( Castilla, orígenes, auge.....A. Carretero)

LA CULTURA. El IDIOMA 2

Ya hemos visto que cuando la Tierra de Campos estuvo dividida entre Castilla y León y Alfonso VIII ocupaba la parte oriental este rey castellano estableció en Palen­cia un estudio lo que impulsó a su primo Alfonso IX de León a crear la universidad de Salamanca para que sus súbditos no tuvieran que salir a estudiar fuera del reino. En el año 1240 Fernando III ordenó el traslado de los estudios (le Palencia a Salamanca "para agradar a los leoneses" (23).

La Universidad de Salamanca, en sus orígenes señaladamente leonesa, se convirtió así en el reinado de Fernando III en leonés-castellana, luego se dijo castellano-leonesa y más tarde, en pleno confusionismo regional, se afirmó que es una de las grandes creaciones de Castilla. Hoy, eso de la glorioso universidad castellana de Salamanca es un tópico tan generalizado y tan falaz como el de "la inmensa llanura de Castilla la Vieja".

Alfonso X obtuvo del Papa en 1255 que Salamanca fuera uno de los cuatro estudios generales de la cristiandad, al lado (le los de Oxford, París y Bolonia. Del papa Martín V recibió en 1422 las constituciones definitivas. De acuerdo con ellas la elección de rector se hizo durante siglos alternativamente: un año de León y otro de Castilla (pero nunca vecino de Salamanca) (23).

Fernando III, por lo menos desde que tomó posesión del gobierno de Galicia en el año 1232, se había aficionado a la poesía gallega. Es sabido que pasó parte de su niñez. en Galicia. Fernando no volvió a vivir en ella pero en su corte se cultivó la lírica galle­ga. Poetas gallegos y portugueses escribieron para ella cantigas de amigo. Solía llevar poetas en su séquito, incluso en sus campañas militares, alguno de los cuales fue tam­bién guerrero y recibió heredades en tierras de Sevilla, Su hijo, Alfonso el Docto, dice que Fernando apreciaba a los "omes cantadores et sabiéndolo él facer" y que le gusta­ba oír a los juglares que supiesen tocar instrumentos y entendía quienes lo hacían bien y quienes no.

En el reinado de Fernando III se desarrolló el cultivo de la música, y adquirió im­portancia el organista y maestro de música de las grandes iglesias.

El crecimiento de las ciudades de la corona de León, que ya había sido grande en la época de su padre Alfonso IX, continuó en el reinado de Fernando III; y con él el cul­tivo de las artes y el desarrollo de la cultura en general, favorecido por el abundante comercio e intercambio de objetos y saberes en el camino de Santiago frecuentado por peregrinos y mercaderes transpirenaicos. También hubo comercio por las costas galle­gas, que declinó con el desarrollo de los puertos andaluces.

La influencia cultural y política de Galicia en el País Leonés había sido muy gran­de, hasta el punto de que en el Ándalus y en Castilla se solía llamar gallegos a todos los súbditos de la corona leonesa. Los reyes leoneses tenían la costumbre de educar a sus hijos en casa de algún magnate gallego muy cercano al trono. Recordernos que el mismo Fernando pasó en Galicia los primeros años de su infancia.
En este reinado ya estaba extendido el gusto de los nobles por los trajes vistosos y por las joyas, las más usuales de las cuales eran los arillos. No obstante esta afición al lucimiento, los gastos derivados de las guerras imponían la moderación en el lujo, in­cluso se conservan ordenamientos que ponen coto a los dispendios suntuarios.

A pesar de los gastos apremiantes originados por las campañas militares de la Re­conquista y la posterior repoblación, en los países de la corona leonesa y de la castella­na se hicieron muchas obras durante el reinado de Fernando III. En tierras de León aunque con menos actividad que en Castilla, se continuaron las obras catedralícias. Se buscaba en las grandes iglesias mayor amplitud y más luz mediante vitrales. Al mediar el siglo XIII está en su apogeo el estilo gótico.

Continúan también las construcciones menos costosas de ladrillo en tierras como las de Sahagún donde falta la piedra y ésta es muy costosa, lo que dio origen a la arquitec­tura morisca de que son destacados ejemplos las iglesias sahagunesas de San Tirso y San Lorenzo.
Los eclesiásticos seguían escribiendo en latín sus documentos y sus libros; pero al comienzo del reinado de Fernando III el romance castellano ya había avanzado hacia el País Vasco y Navarra y mucho más por el sur, al compás de la Reconquista militar, por toda la Castilla meridional hasta Toledo y Cuenca y más al sur por tierras del reino 'Toledano. Por el occidente había entrado en la Tierra de Campos, favorecido por la ocupación de su parte oriental por Alfonso VIII. Al final del reinado de Fernando III aún no había llegado a las actuales provincias de León, Zamora y Salamanca. El leonés se seguía hablando desde Gijón hasta la raya de Andalucía y desde la movediza fronte­ra idiomática entre Castilla y León hasta la leonesa con Galicia y Portugal. El castella­no se empezaba a utilizar en la corte real, en las familias de la nobleza que hasta entonces habían hablado leonés, y en las personas cultas para obras literarias.

El castellano comenzó a tener carácter oficial cuando Fernando III ordenó que se tradujera el huero Jugo al romance para que fuera ley común de Andalucía, orden que corroboró su hijo Alfonso al mandar que el canciller del rey supiera "leer e escribir tan bien en latín como en romance" (24).

Sobre los limites geográficos entre el castellano y el leonés encontrarnos datos muy interesantes en el estudio lingüístico que del Fuero romanceado de Sepúlveda hizo Ma­nuel Alvar (25), a cuyo parecer la lengua de este fuero representa el estado lingüístico de Sepúlveda en la segunda mitad del siglo XlIl. Los elementos no castellanos en ella rnás abundantes son los leonesismos, lo que se explica fácilmente por la penetración cultural del leonés ya que la literatura leonesa era en este siglo prestigiosa y abundante y León tenía la hegemonía política. Si en un lugar tan castellano corno Sepúlveda penetraban así los leonesisrnos puede colegirse, coincidiendo con lo que los estudios filo­lógicos muestran, que en la época de la unión definitiva de las coronas de León y Castilla la lengua de la "Tierra de Campos era el leonés oriental.

Es de todos sabido que el léxico de los actuales idiomas romances de España proceden principalmente del léxico latino hispanogodo, siendo en él menores las aportaciones de origen prerromano. Análogamente en la historia de la legislación española las aportaciones más destacadas son las que proceden de la legislación romanovisigoda (el Liber) a través generalmente de los países de la corona de León.

LA UNIÓN DE LAS CORONAS Y LA SUPUESTA HEGEMONÍA CASTELLANA

Cuando en 1230 Fernando III reunió en su persona las coronas de León y de Castilla cada una de ellas había alcanzado ya su plena extensión geográfica: la de León comprendía el País Leonés propiamente dicho, Asturias, Galicia y Extremadura; la Castilla incluía el País Vasco (Álava, Vizcaya y Guipúzcoa) y el nuevo reino de Toledo; cada uno de estos países con sus límites históricos pues Fernando III rey ya un en la Tierra de Campos había restituido a ésta su unidad geográfica manteniendo los límites tradicionales entre Castilla y León en tierras de Valladolid al renovar los mojones colocados en tiempos de su abuelo situados entre Curiel (leonés) y Roca (castellana) (26). Las fronteras castellano-leonesas en el siglo X coincidían aproximadamente con los límites actuales entre las provincias de Burgos y Valladolid.

Se dice -a la vista tenemos una página que tal cosa afirma- que la unión de reinos de León y de Castilla en tiempo de Fernando III fue obra de las semejanzas y comunidad de intereses entre ambos, dando a los nombres un sentido falsamente restrictivo y ocultando a la vez, una realidad más amplia. No fue aquella la unión de Castilla con León, de los castellanos con los leoneses, corno erróneamente su entenderse, sino de la corona de Castilla con la corona de León, cada una de las cuales incluía varios países, de tal manera que las que quedaron unidas no fueron dos sino siete de las regiones históricas de España.

Por otra parte Castilla y León no eran muy semejantes, al contrario: tenían orígenes y raíces diferentes, tradiciones diversas y aun antagónicas, y estructuras sociales e instituciones muy distintas, hasta el punto de que el origen del condado independiente Castilla y Álava se debe a la incompatibilidad de los pueblos vasco-castellanos con las instituciones de la monarquía astur-leonesa. Desde que Menéndez Pidal dijo que Castilla es históricamente el país que rechaza el Fuero Juzgo (base de las estructuras jurídicas, políticas y sociales de los países de la corona de León) esta frase, que encierra honda verdad, se ha repetido muchas veces. Ahora, con suma ligereza y dándolo como hecho de todos sabidos, se afirma lo contrario. Los que sí tenían entre ellos grades afinidades e iguales estructuras socíopolíticas eran Galicia, Asturias, León y la Extremadura leonesa; semejanzas también con el nuevo reino de Toledo donde el Fuero Juzgo fue finalmente legislación fundamental. Ni siquiera la lengua comúnmente hablada era la misma en Castilla v en León, pues en aquella época el habla del reino de León era el hable leonés, más semejante (digámoslo una vez más ahora que de semejanzas se trata) al gallego-portugués que al castellano, Este apenas comenzaba a entrar en Tierra de Campos en lento avance hacia occidente. Grandes y muy antiguas afinidades de estructuras políticas y sociales se daban entre los viejos castellanos y los vascos siempre aliados en sus luchas contra los romanos, los godos, los musulmanes y los reyes asturleones. Incluso en la lengua: el único romance que se habló en el País Vasco fue el castellano, espontáneamente, cuando aún era general el bable en el reino de León. Los vascos y los cántabros fueron sus creadores.


También existieron grandes analogías, que varios autores señalan, entre la Castilla del Alto Duero, el Alto Tajo y el Alto Júcar (comunidades castellanas de Sepúlveda, Segovia, Soria, Medinaceli, Atienza, Madrid, Guadalajara, Cuenca) y el Bajo Aragón (comunidades de Calatayud, Daroca, Teruel) tierras todas estas de la antigua Celtiberia. No por causalidad los pueblos de estas comarcas castellanas se pusieron espontáneamente del lado de Alfonso el Batallador (protector de los concejos comuneros) en la guerra civil que surgió entre este rey aragonés y su esposa doña Urraca, la reina leonesa.

Es idea generalmente aceptada que con la unión de las coronas de León Y de Casti­lla en el año 1230 se estableció definitivamente la hegemonía de Castilla, primero so­bre todos los países de estas coronas, después sobre España entera, y finalmente sobre el vasto Imperio español; en resumen, que Castilla castellanizó a León y a todos los pueblos de la corona leonesa, y en lo sucesivo fue imponiendo su lengua, sus leyes, sus usos y sus ideales en todos los dominios españoles.

Esta idea la extendieron por todo el mundo algunos de los más conspicuos escrito­res de la "generación del 98— -y con gran exaltación Unamuno-, a la vez que fun­dían y confundían lo leonés y lo castellano y situaban el centro geográfico Y espiritual de esta imaginada Castilla en la Tierra de Campos. Aquí, en esta confusión y en este supuesto predominio de lo castellano en España a partir de 1230, radica uno de los ma­yores errores que falsean la historia nacional española y dificultan su comprensión.

El mal no tiene una sola causa específica, pues resulta de la concurrencia de múlti­ples errores y confusiones que vienen acumulándose desde hace mucho tiempo (uno de los más recientes y perturbadores es el nombre global de "Castilla y León" oficial­mente dado a una nueva comunidad político-administrativa que no obstante tal denomina­ción deja fuera de sus límites !a mayor parte del territorio castellano, incluida la "Castilla Vieja".

Contra lo que suelen decir los libros de historia de España, de que con la unión de las coronas castellana y leonesa Castilla impuso sus leyes, sus instituciones, sus cos­tumbres y sus ideas en el conjunto español, la realidad es que la tercera Y última unión de las coronas precipitó la declinación continua de todo lo que fue característicamente castellano. Castilla quedó definitivamente englobada en un gran conjunto de Países pe­ninsulares del que, a pesar de que su nombre figura en primer lugar, y a veces como única denominación del todo, nunca fue parte dominante de éste.

Examinernos brevemente el asunto para no dejar en e! aire esta afirmación que la mayoría de los lectores, acostumbrados a oír y creer lo contrario, rechazará pro­bablemente en principio.

El reino de León nació corno entidad histórica el año 910 cuando Alfonso III de Oviedo dividió el de Asturias en tres y dio el de León, como más importante, al mayor de sus hijos, García I; que sólo reinó cuatro años y a quien sucedió su hermano Ordoño II que en 914 unió los reinos de León y Galicia. Castilla, como condado inde­pendiente de Castilla y Álava, surgió en el panorama histórico español cuando el conde Fernán González reunió en su persona todos los condados castellanos y el de Álava y, de hecho, se independizó del rey de León. Entre el año 910, del nacimiento del reino leonés, y el 1230, de la unión definitiva de las coronas de León y Castilla, hubo trece reyes comunes a León y Castilla y tres reyes de Castilla que no lo fueron de León (prácticamente uno solo, Alfonso VIII, pues los otros dos reinaron poco tiempo). En estos trescientos veinte años el papel del reino de León en la historia de España fue mucho más relevante que el de Castilla o cualquier otro estado cristiano de la Península.
Lejos estuvo, pues, Castilla, de ejercer hegemonía alguna antes de la unión de !as coronas; ni la ejerció después, ni la historia nacional de España ha seguido desde e! año 1230 un rumbo que puede llamarse castellano.

Castilla aparece en la escena histórica española rechazando el Fuero Jugo; esta repulsa es el primer vagido político de un pueblo recién nacido. Y este código será siempre el símbolo de lo no castellano. Todavía en pleno siglo XIV Castilla se distin­gue de León y Toledo por ser el país donde -afirma Menéndez Pida!- no rige el Fuero Juzgo.

Fernando III no sólo mantuvo el Libro en los reinos de su corona donde siempre fue código fundamental, sino que lo impuso como ley común en los vastos territorios que las coronas unidas conquistaron en Andalucía.

Si, de acuerdo con Menéndez Pidal, en la primera unión de las coronas de León y Castilla en la cabeza de Fernando Sánchez, último conde independiente de Castilla, éste se leonesizó profundamente, en la tercera y última, en la perdona de Fernando III, el rey de Castilla y de León no tuvo que leonizarse para gobernar de acuerdo con la tradición leonesa puesto que era leonés por nacimiento y su padre Alfonso IX lo estaba preparando para que le sucediera en el trono León.

Se dice que Fernando III engrandeció territorialmente a Castilla con la conquista de Andalucía y Murcia, lo que es otro gran error y una nueva causa de confusiones. La unión que se efectuó en el reinado de Fernando III no fue la bilateral del País Leonés con Castilla, sino la mucho más plural de todos los países de la corona de León con to­dos los de la de Castilla; y con las conquistas de Andalucía y Murcia lo se engrande­ció el territorio castellano, sino que se añadieron mías reinos y más tierras a las que ya abarcaban las coronas unidas. El rey Fernando III no incorporó las vastas zonas oliva­reras de Andalucía a la economía castellana, como algún texto afirma. Ni puede lla­marse engrandecimiento efe Castilla al de una monarquía que abarcaba León, Castilla, Asturias, Galicia, Extremadura, el País Vasco, el reino de Toledo, Andalucía y Murcia, igualando el todo a una de las partes. Si por abreviar, se llama Castilla al conjunto de estos nueve países, y luego se habla solamente de León y de Castilla el embrollo que se produce resulta inextricable.

Con el Fuero Juzgo corno fundamento legal de la colonización cristiana en Andalucía, y con los poderosos rnagnates, los grandes jerarcas de la Iglesia y las órdenes militares como principales autoridades y propietarios de los grandes dominios territoriales, llegaron a Andalucía la organización y las estructuras sociales características de la monarquía asturleonesa y también las transformaciones que los nuevos tiempos, y el feu­dalismo ultrapirenaico junto con la influencia papal simultáneamente aportaron.

Que a partir de la unión efe las coronas, y aun desde la segunda, Castilla no ejerció poder hegemónico alguno más allá de sus fronteras tradicionales, lo percibe Menéndez Pidal cuando dice que Castilla fue cediendo su preponderancia a la Castilla Nueva, que surge cuando Alfonso VI entra en Toledo, a la Castilla Novísima, que nace cuando San Fernando se establece en Sevilla. Si recordamos que antes de Alfonso VI, en el reinado de Fernando I y en época más lejana de la Castilla condal, Castilla no podía equiparar­se en modo alguno en influencia y poder al reino de León, queda claro que Castilla (la Castilla propiamente dicha) nunca fue fuerza hegemónica en el conjunto de los estados cristianos de la España medioeval.

Fernando III que para subir al trono de Castilla tuvo que vencer la oposición inicial de los concejos castellanos, realizó desde el poder real una política favorable a la aris­tocracia y al clero y en mengua de los concejos comuneros que intentó destruir, sin lograrlo aunque debilitándolos gravemente. La fuerza militar y política de las comunidades, que había alcanzado su apogeo durante el reinado de Alfonso VIII (el más castellano de los reyes) entró en decadencia en el de su nieto. El momento era propicio para combatirlas, porque después de la batalla de las Navas de Tolosa, y con razón mayor tras los triunfos de Fernando en Andalucía, la corona no requería tan pe­rentoriamente como antes el decisivo apoyo de las milicias comuneras. Las Comunida­des castellanas de Ciudad (o Villa) y Tierra fueron cediendo sin cesar terreno ante el poder creciente de la aristocracia y el clero, a la vez que el rey favorecía la creación de una fuerte nobleza castellana, hasta entonces inexistente, frente al extenso poder de las instituciones populares. En lo sucesivo los concejos comuneros perderán gradualmente sus características democráticas mientras e! patrimonio colectivo pasará a nutrir el de !os reyes, los magnates y los prelados.
Lo único verdaderamente castellano que a partir de entonces se extiende por am­plias zonas de la Península es la lengua, el romance castellano que por su origen bien pudo haberse llamado romance vascocántabro, pues -no sobra insistir sobre ello- na­ció a caballo de la raya que separaba los vascos de los cántabros y se habló en tierras de Vizcaya y Álava al mismo tiempo que en la primitiva Castilla y antes que en el res­to de España. El castellano, ha dicho con razón un autor vasco, es tan propio de los vascos corno el catalán de los catalanes o el gallego de los gallegos; la única diferencia en este uso es que los catalanes y los gallegos perdieron sus respectivas lenguas prela­tinas mientras que los vascos han conservado la vieja al lado de la nueva, arribas suyas.

Fernando III y Alfonso X ordenaron que e! Fuero Juzgo, ley común de Andalucía, fuera traducido al castellano para establecer la legislación leonesa. El castellano fue así instrumento lingüístico de leonesización política.

La conquista de Andalucía no fue una empresa castellana como suele decirse, sino conjunta de todos los países de las coronas de León y de Castilla, v así lo denotan los documentos escritos en Andalucía.

La reconquista de Extremadura por leoneses dejó también sus huellas en el lenguaje del país donde se mezclan !os leonesismos con los rasgos meridionales. En general los leonesismos están más acentuados en Cáceres, provincia lindante con Salamanca, mien­tras que en Badajoz, vecina de Andalucía, es manifiesta la influencia andaluza.

Con la unión de las coronas de León y de Castilla en la persona de Fernando III no se produjo ni la fusión de ambos pueblos en un conjunto homogéneo castellano-leonés, ni desapareció lo leonés de la faz de la tierra: la gran herencia tradicional de la corona
leonesa continuó viva tras el nombre encabezador de Castilla. Bien los expresó Bosch-­Gimpera: "Y en adelante, aunque siga hablándose de Castilla y con el tiempo ésta se convierta de nombre en el país hegemónico se trata de una Castilla que continúa la he­rencia leonesa (27)(28).

Esta confusión general de lo leonés con lo castellano en un amorfo ente castellano­leonés es uno de los errores que mas han dificultado el estudio de la historia de Espa­ña. No pocas muy divulgadas apreciaciones sobre la historia política y social de España a partir de 1230 quedan por él afectadas.

Hasta comienzos del siglo VIII la evolución de la Península Ibérica siguió en mu­chos aspectos un curso histórico semejante al de otros territorios del Occidente de Eu­ropa que como ella habían pertenecido al imperio romano. Quedan exceptuadas de esta generalización la vieja Cantabria, el País Vasco y el Pirineo navarro-aragonés, zonas donde no hubo romanización o ésta fue muy escasa y tardía, que también fueron las menos influidas después por las invasiones goda y musulmana.
Hablar de una sociedad castellano-leonesa o de un reino castellano-leonés en el si­glo XI es sembrar profundo confusionismo en el panorama histórico de la Edad Media española, puesto que entonces la historia leonesa formaba un solo cuerpo con la galle­ga y la asturiana, mientras que la castellana estaba estrechamente entrelazada con la del País Vasco. El llamado espacio castellano-leonés lo forman dos espacios histórico-geo­gráficos distintos y muy diferentes en los siglos medioevales. Las tierras de Zamora v Salamanca, por ejemplo, no tienen una geografía y menos una historia política y social común con las de Soria, Segovia, Guadalajara y Cuenca. El alfoz de un municipio leo­nés es cosa muy distinta de la tierra de una comunidad castellana o aragonesa. La Ex­tremadura leonesa en nada es igual a la Extremadura castellana. E! señor de Bembibre o de Luna no equivale en modo alguno al de Sepúlveda o Daroca.

Castilla tuvo un Derecho consuetudinario ---claramente lo expresa Tornás y Valien­te- ajeno al Liber y resultado en buena parte de sus tradiciones judiciales y la activi­dad de sus jueces. Aunque a veces se habla de ciertas leyes castellanas (los "buenos fueros" condales y otras) lo cierto es, como afirma Galo Sánchez, que hasta el siglo XIII Castilla fue un país que vivió "sin leyes", esto es, sin normas creadas por el mo­narca e impuestas por él en todo el estado castellano (29).

Inventar semejanzas históricas inexistentes entre las provincias leonesas y las caste­llanas o exagerar las que puedan existir, pasando por alto las que unieron al viejo reino de León con sus hermanos de Asturias y Galicia y las que siempre ligaron a Castilla con el País Vasco y con el Bajo Aragón, silenciando además que la mayor parte de Castilla se asienta fuera de la cuenca de! río Duero para presentar ésta como una enti­dad histórica y geopo!itica es tergiversar gravemente la historia entera de España y falsear su geografía política.

Fernando III se tituló rey de Castilla y Toledo, de León y Galicia, aun después de tomar en 1230 posesión del reino leonés por la sencilla razón de haber subido tal trono de Castilla antes que a! de León; pero en ningún caso es posible olvidar que en la his­toria general de España el antiguo reino de León precede cronológica y protagónica­mente al de Castilla.
Las promiscuas alianzas anticristianas que concurrieron con la batalla de Alarcos (1195) muestran la decadencia de la idea imperial en esta época. En la batalla de las Navas de Tolosa, donde combatieron juntos el rey de Castilla y de Toledo Alfonso VIII, el de Navarra Sancho VII y el conde-rey de Cataluña y Aragón Pedro II la idea imperial leonesa ya había perdido todo vigor peninsular.
En tiempos de Fernando III el título de emperador había caído en desuso. Este rey intentó, vanamente, resucitarlo en alguna ocasión y ser coronado emperador "según lo fueron otros de su linaje" (30).

NOTAS

23 Rafaeli Gibert..Histaria General del Derecho español- Granada. 1968 p. 55-56i.
24 Enrique Gacto y otros:El Derecho histórico de los pueblos de España. Madrid. 1982 pp. 226-227.
25 Manuel Alvar:Estudio lingüístico y vocabulario del fuero romancearlo de Sepúlveda Los fueros de Sepúlveda. Segovia 1979 p. 659.
26 Teófilo López Mata: Geograra del condado de Castilla
a la muerte (le Fernán González. Madrid 1957.
.
27 PedroPedro Bosch-Gimpera: El poblamiento antiguo y, la formación de los pueblos de España. México. 1944 Pp.283-284.
28 Idem: Paleonología de /a Península Ibérica. Graz-Austria. 1974. pp, (209) y (310).
29 Francisco Tomás y Valiente:Manual de Historia del derecho Español. Madrid. 1987. p. 160.
30 L, G. de Valdeavellano: Curso de Historia de las instituciones españolas.. p. 231.

(Anselmo Carretero Jiménez. Castilla, orígenes, auge y ocaso de una nacionalidad. Ed. Porrua, México 1996. Pp 423-431)

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