miércoles, mayo 23, 2007

La posible emancipación de Segovia por Luis Ortiz

La separación de Segovia de Castilla León y su posible incorporación a Madrid parece muy difícil, por no decir imposible, en términos jurídicos. Si se decidiera ir por esta vía, sería necesario, una argumentación técnico-jurídica extraordinariamente complicada y con pocas posibilidades de prosperar. Porque, en términos políticos, ello supondría la más que probable disolución de Castilla León, por la posible actitud refleja de León y Salamanca, cuando menos y el posible replanteamiento del mapa autonómico español. Semejante horizonte de inestabilidad que, sin duda no cabe excluir, no beneficiaría la actitud de moderación que ASI quiere representar.

La primera dificultad para la secesión de CyL y la incorporación a Madrid de la Provincia de Segovia resulta que el Estatuto de CyL, que prevé la posibilidad de incorporación de nuevos territorios a su Comunidad, NO prevé la secesión de ninguno de los que abarca, y el Estatuto de Madrid NO prevé la alteración de su territorio. En consecuencia, se requeriría un complicado proceso de modificación estatutaria en una y otra Comunidad. En ambos casos, propuesta autonómica, aprobación de la Asamblea en Madrid y de las Cortes en Castilla, por mayoría cualificada, y aprobación mediante Ley orgánica por las Cortes Generales.

Si la aprobación castellana resultaría difícil, la madrileña no lo sería menos, entre otras razones, porque supondría convertir a Madrid en Comunidad pluriprovincial, con la reaparición de la Diputación Provincial de Madrid como instancia competitiva con la Autonomía y mayorías políticas eventualmente diferentes.

La segunda dificultad consiste en que el caso segoviano es ya cosa juzgada y sentencia da por el Tribunal Constitucional (STC 100/1984, de 8 de noviembre, siendo Ponente el Magistrado don Francisco Tomás y Valiente). (Ver textos íntegros de Jesús Leguina Villa del libro "El Acceso forzoso a la Autonomía Política", pgs. 184 y siguientes).

Tal vez no faltasen buenas razones a Segovia y, desde luego, como algunas otras sentencias de dicho Tribunal, la citada no es precisamente un modelo, pero resulta poco acertado y realista replantear hoy la cuestión (¿pero... y pasado mañana?).

Como alternativa, no fácil, pero más practicable, que puede abrir horizontes de futuro si se maneja con prudencia, podría contemplarse la posibilidad de convenios de cooperación entre CyL y Madrid, relativos a Segovia, previa autorización de las Cortes Generales. Ello es posible sobre la base del art. 145,2 CE y hay al respecto previsiones en los Estatutos de CYL y de Madrid.

De cualquier forma, Alternativa Segoviana Independiente (ASI) podría impulsar este proceso si, llegado el caso, los segovianos expresaran mayoritariamente, de nuevo, su deseo de abandonar la Comunidad Autónoma de CyL, reabriendo un ya casi olvidado proceso en el que cualquier observador puede advertir que hubo algunas lagunas, hoy, inexplicables.

Por otro lado, como ya hemos expresado en otros documentos publicados, es nuestra voluntad, agotar todas las posibilidades de cooperación con Madrid, por el mejor futuro de Segovia y de todos los segovianos.

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